Hoy se ha celebrado la última reunión de negociación del teletrabajo, en la que la empresa ha presentado su propuesta final aceptando, a petición de nuestra sección sindical, mejoras respecto a su planteamiento inicial.
Para UGT Endesa, era muy relevante que el nuevo acuerdo incluyera la posibilidad de que las personas adscritas dispusieran de unos días de libre disposición para atender imprevistos, que no fuera necesario ni autorizar previamente, ni recuperar (6 días). Dicha medida, unida a la elección por parte de la persona trabajadora de 1 de los 3 días de trabajo presencial, y la bolsa de días recuperables adicionales (6 días), consideramos que no solo mejora sustancialmente la propuesta inicial presentada por la empresa, sino que también posibilita nuestra firma, ya que incluye algunos de nuestros objetivos durante esta negociación.
En los próximos días todas las personas trabajadoras con posibilidad de adscribirse al acuerdo recibirán una comunicación con las instrucciones para hacer efectivo el contrato antes del 01/01/2025, fecha en la que finaliza la prórroga actual.
Las condiciones finalmente acordadas son:
✓ DISTRIBUCION DE LA PRESENCIALIDAD: 3 días/semana Centro de trabajo - 2 días/semana en domicilio (2 días a elección del Manager - 1 día a elección de la persona trabajadora)
✓ FLEXIBILIDAD: 12 días adicionales al año de teletrabajo a elección de la persona trabajadora para atender imprevistos (6 días no recuperables y 6 recuperables en otras semanas) siendo 2 dias de presencia obligatoria a la semana.
✓ Adscripción voluntaria al modelo por ambas partes.
✓ 2 años de duración (con posibilidad de renovación anual)
✓ TRABAJO EN REMOTO: se fijará un domicilio en remoto de carácter principal y se podrá establecer un segundo domicilio en remoto de carácter ocasional.
✓ DOTACIÓN PARA EL DESEMPEÑO: cada empleado contará con su dotación de trabajo individual compuesta por un ordenador portátil, un smartphone con conexión suficiente a internet, un teclado y un ratón. Además, bajo petición, podrá solicitar: un monitor, y una silla ergonómica.
✓ DESCONEXIÓN DIGITAL: será aplicable la política establecida al efecto.
✓ SEGURIDAD Y SALUD: se incorporan cláusulas específicas de seguridad y salud en los domicilios, de obligado cumplimiento, es imprescindible para acogerse a esta modalidad realizar con carácter previo a la firma del acuerdo la formación necesaria. La no realización de esta formación o de futuras actualizaciones, será causa extintiva del contrato.
✓ MANTENIMIENTO DE ACTIVOS: en caso de que los activos proporcionados sufran algún tipo de rotura o mal funcionamiento, deberán acudir al centro de trabajo para su reparación o sustitución.
✓ COSTES: se abonará a la persona trabajadora la cantidad de 25 €/año
En cuanto a los colectivos actualmente fuera de modelo, la empresa ha incorporado al acuerdo a aproximadamente a 160 personas insistiendo que el resto de las ocupaciones, son trabajos que deben realizarse esencialmente de manera presencial o con un máximo de 1 día de TFO.
Por nuestra parte, seguiremos buscando solución en el ámbito que corresponda tanto a esta como a aquellas situaciones específicas que la empresa no ha contemplado incluir en el acuerdo por considerar que no eran objeto de esta negociación, como la movilidad entre distintos centros de la compañía o el protocolo de actuación ante avisos meteorológicos adversos.